Los bancos tienen la obligación de ofrecer la cuenta de pagos básica
La asociación de consumidores CONSUBAL recuerda que son gratuitas para clientes vulnerables
La cuenta de pagos básica de los bancos tiene unas comisiones máximas de 3 euros mensuales y son gratuitas para los clientes bancarios vulnerables.
Tal como explica el presidente de Consubal, Alfonso Rodríguez, estas cuentas sirven para gestionar pagos, sencillos y accesibles para cualquier persona.
Las cuentas de pago básicas sirven, además de para depositar dinero, para domiciliar recibos, realizar transferencias, y disponer al menos de una tarjeta de débito para extraer dinero en cajeros y realizar pagos en comercios dentro de la Unión.
Rodríguez recuerda que todas las entidades bancarias están obligadas a ofrecer cuentas de pago básicas, pudiendo beneficiarse de ellas todas las personas que residan legalmente en cualquier país de la Unión Europea, tengan o no domicilio fijo, las personas que hayan solicitado asilo e, incluso, a las personas que, aunque no tengan un permiso de residencia, no puedan ser expulsadas –por razones jurídicas o de hecho–.

Cuentas gratis
Además, añade Rodríguez, los bancos deben ofrecer las cuentas de pago básicas gratuitas para personas en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión financiera.
Se entenderá que un cliente se encuentra en situación especial de vulnerabilidad o en riesgo de exclusión financiera cuando los ingresos económicos brutos anuales no superen los siguientes umbrales:
- dos veces el IPREM para personas no integradas en ninguna unidad familiar;
- 2,5 veces para personas integradas en una unidad familiar de menos de cuatro miembros
- tres veces para personas integradas en una unidad familiar de cuatro miembros o más o que tenga la condición de familia numerosa, o cuando se trate de unidades familiares que tengan una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33% reconocido oficialmente.
Además, ninguno de los miembros de la unidad familiar puede, ser propietarios de inmuebles, excluida la vivienda habitual, ni de sociedades mercantiles.